GACETILLA DE PRENSA DE LA FARN FUNDACIÓN AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
La FARN considera que el análisis del caso Botnia debe incluir aspectos fundamentales que no pueden obviarse de aquí en más, y que forman parte de “las lecciones aprendidas” de la contienda binacional:
1. El conflicto puso en evidencia la falta de una estrategia ambiental compartida a nivel regional, y asimismo la falta de consideración de la cuestión ambiental en las decisiones públicas.
2. Es preciso que los gobiernos de la región tomen conciencia de que, en materia ambiental, el peligro o la ocurrencia del daño implican el fracaso de la política previa. No debemos llegar a este punto bajo ninguna circunstancia, porque ello implica que los principios de prevención y precaución, propios del derecho ambiental, han sido ignorados desde el inicio.
3. Estos principios deben formar parte de la política ambiental de los Estados a través de instrumentos de planificación que permiten conocer ex ante, los impactos ambientales, sociales y económicos que se producirían frente a la concreción de determinadas decisiones. Así, la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), aplicable a políticas, planes y programas, tiene por objeto ponderar las consecuencias mencionadas respecto de una propuesta de decisión gubernamental, midiendo impactos acumulados y evaluando alternativas; en tanto que la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), resulta aplicable a proyectos de obras o actividades en un sitio puntual. Ambos instrumentos concretan en la práctica los principios preventivo y precautorio, siendo ampliamente aplicados en otras latitudes por constituir una fundamental instancia de análisis gubernamental. Mientras estos instrumentos no sean seriamente puestos en marcha, difícilmente podamos disminuir la conflictividad socioambiental y evitar daños ambientales que podrían ser irreversibles.
4. En el plano regional, estos instrumentos deben ser encarados con vistas a la mejor decisión –o la decisión más sustentable- respecto de recursos naturales y ambientes compartidos entre países. Ello encuentra su fundamento en los principios de cooperación, solidaridad y responsabilidad internacional, a la vez que en diversos tratados internacionales, y en el caso que nos ocupa, en el Estatuto del Río Uruguay.
5. Como sociedad, y tomando en cuenta el hito de Gualeguaychú, debemos aprender a exigir a nuestros gobernantes que actúen con prudencia, que generen y proporcionen información ambiental de manera oportuna y adecuada y que incorporen instancias de participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones públicas. Tanto la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) como la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), son por definición, procesos preventivos y ampliamente participativos.
6. Los principios y derechos que hemos mencionado, forman parte del derecho vigente en la mayor parte de los países de Latinoamérica, siendo por lo tanto no una recomendación sino un imperativo, que los gobiernos actúen en ese marco.
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